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El presidente también dirige
las relaciones con otros países: firma
con ellos los tratados internacionales.
Pero la Cámara de Senadores
revisa primero los tratados
internacionales.
Artículo 89.
Si los aprueba,
se convierten en ley
para todo el país y
deben cumplirse de
la misma forma que
nuestra Constitución.