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V. Las sociedades cooperativas y mutualistas;
VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fnes políticos,
científcos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fn lícito, siempre que no Fueren
desconocidas por la ley.
VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del
artículo 2736.
Artículo 29.- El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen
habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus negocios; en
ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su defecto, el lugar
donde se encontraren.
Se presume que una persona reside habitualmente en un lugar, cuando permanezca
en él por más de seis meses.
Código de comercio
Artículo 75.
La ley reputa actos de comercio:
I.
Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verifcados con propósito de
especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías,
sea en estado natural, sea después de trabajados o laborados;
II. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito
de especulación comercial;
III. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades
mercantiles;
IV. Los contratos relativos y obligaciones del Estado u otros títulos de crédito
corrientes en el comercio;
V.
Las empresas de abastecimientos y suministros;
VI.
Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
VII.
Las empresas de fábricas y manufacturas;
VIII. Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las
empresas de turismo;
IX.
Las librerías, y las empresas editoriales y tipográfcas;
X.
Las empresas de comisiones, de agencias, de ofcinas de negocios comerciales,
casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;
XI.
Las empresas de espectáculos públicos;
XII. Las operaciones de comisión mercantil;
XIII. Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;
XIV. Las operaciones de bancos;
XV. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y
exterior;