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XIII. Organizar y patrocinar exposiciones y museos de trabajo y previsión social.
XIV. Participar en los congresos y reuniones internacionales de trabajo, de acuerdo
con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
XV. Llevar las estadísticas generales correspondientes a la materia del trabajo, de
acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
XVI. Establecer la política y coordinar los servicios de seguridad social de la
Administración Pública Federal, así como intervenir en los asuntos relacionados
con el seguro social en los términos de la Ley.
XVII. Estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación en el país.
XVIII. Promover la cultura y recreación entre los trabajadores y sus familias.
XIX. Los demás que le fjen expresamente las leyes y reglamentos.