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Reconoces y aplicas las normas del Derecho mercantil
Principales títulos de crédito
Letra de cambio
Defnición
Requisitos
Sujetos
Tipos de emi-
sión
Título de crédito
que contiene una
orden de pago en
dinero, época y lugar
determinados.
La orden la da el
girador al girado
para que la pague
a un benefciario o
tercero.
•La mención de ser
letra de cambio,
inserta en el texto
del documento.
•La expresión del
lugar y el día, mes
y año en que se
suscribe.
•La orden
incondicional al
girado de pagar una
suma determinada
de dinero.
•El nombre del
girado.
•El lugar y la época
del pago.
•El nombre de la
persona a quien se
hace el pago.
•La frma del girador
o de la persona que
suscriba a su ruego
o en su nombre.
(LGTOC, artículo
76).
•Girador: Quien
crea el título y da la
orden de pago.
•Girado: deudor que
pagará a la orden
del girador.
•Benefciario: Quien
recibe el dinero del
girado por orden del
girador.
•A la vista; que la
letra sea pagadera,
lo que signifca
que el girado
debe pagarla a su
presentación.
•A cierto tiempo
vista; se deberá
presentar al girado
para que la acepte
y a partir de este
momento empieza
a correr el plazo
para el pago.
•A cierto tiempo
fecha; el plazo
para el pago
comienza a contar
desde la fecha de
suscripción.
•A día fjo, el que
se establezca en el
documento.
(LGTOC, artículo
79).