116
B
loque
IV
Reconoces los derechos de propiedad, autoridades y
tribunales en el Derecho agrario
El ejido
El ejido es una sociedad de interés social con personalidad jurídica y patrimonio
propio. Se integra por el conjunto de tierras y los recursos con los que dispone, con
la fnalidad de satisFacer las necesidades de los individuos que son parte de éste
mediante su uso y explotación.
Tal vez tú vivas en un ejido o conozcas alguno y es muy probable que estés
identifcado con su organización y administración.
Los hombres y mujeres titulares de derechos ejidales son considerados como
ejidatarios y para adquirir esta calidad es necesario ser mexicano mayor de edad o
avecindado del ejido correspondiente.
Los avecindados son sujetos, que siendo también mayores de edad, han residido
en el ejido por lo menos un año y son reconocidos por la asamblea ejidal o el tribunal
agrario competente.
La situación del ejidatario es hereditaria, es decir, que ellos pueden elegir a quienes
puedan sucederle designándolo por escrito, pero si no sucediera así, los derechos
los heredará el cónyuge, concubino, descendientes o ascendientes en ese orden.
Los derechos de ejidatario se pierden por medio de
cesión
de derechos parcelarios
y comunes, por renuncia, que también implica una transferencia al núcleo agrario.
Un ejido se administra y funciona mediante sus órganos y su reglamento interno.
Los órganos son:
Sabías que.
.
.
La palabra ejido proviene del vocablo latino
exitus
que signifca “salida”. Al
consumarse la conquista de lo que hoy es nuestro territorio nacional, recibían
este nombre las tierras que se encontraban a la salida de los pueblos españoles
que se iban fundando.